AVISO:

Se prorroga la vigencia en el mandato de los directorios de las juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias debido a la pandemia producida por COVID-19. Esto es efectivo para todos los directorios cuya vigencia haya vencido tres meses antes de la declaración del Estado de Excepción.  Es decir, todas las organizaciones cuya directiva vencía entre diciembre del 2019 y marzo del 2020; inicio del Estado de Excepción, y mientras dure esta situación.

Una vez que finalice el Estado de Excepción, se extenderá la vigencia por 90 días más. Y, en caso de que se extienda, también se prolonga la vigencia por 90 días tras finalizar el Estado de Catástrofe.

Una vez culminado este escenario, y durante los siguientes 90 días, se deberá dar curso al proceso eleccionario correspondiente para las directivas de juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias .

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ACTUALIZACION: 

Prorroga  directorios:

lncorpóranse las siguientes modificaciones en el artículo  único de la ley Nº21.239,  que prorroga el mandato de los directores u órganos de administración y dirección  de las asociaciones y organizaciones que indica, debido a la pandemia producida por el Covid-19:

  1. 1. Sustitúyese en el inciso tercero ta palabra "nueve" por "quince".

 

Entonces, los directorios vencidos  desde  diciembre  2019 y que no han logrado efectuar la asamblea, se entienden  prorrogados hasta el 30-12-2022.

Certificado Provisorio:

Reemplázase en el inciso primero del artículo 6 bis de la ley N° 19.418,  sobre juntas de vecinos y demás organizaciones comunitarias,  cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto Nº 58,  de 1997,  del Ministerio del Interior,  la expresión "vigencia de treinta días", por la frase  "vigencia de sesenta días".

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promulgacion del diario oficial aqui

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I. Municipalidad de Pozo Almonte